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viernes, 27 de septiembre de 2013

¿Una Sociedad Anónima  puede absorber  a una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada?

Imaginemos que una empresa llamada ExportoPeru S.A, dedicada al rubro de la importación textil, decide fusionarse con una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, del mismo rubro, llamada Armando Telas Comercializadora de Telas E.I.R.L.
Los gerentes de ambas empresas se encuentran entusiasmados por dicha fusión porque consideran que los beneficiará por la cantidad de clientes que obtendrán y se preguntan ¿Cómo tendría que efectuarse?
En primer lugar, una fusión es una forma de reorganización societaria que se basa en la unión de dos o más sociedades en una sola. Las fusiones se realizan por absorción o por constitución. Analizaremos el caso de la fusión por absorción la cual consiste en que una o más sociedades se incorporan a una sociedad ya existente.
 En segundo lugar, mencionaremos que la fusión que se esta buscando lograr es totalmente posible sin necesidad de transformarla la EIRL en sociedad anónima previamente. Pero, ¿Por qué es posible esta fusión?
Esta fusión es posible gracias al artículo 76 del Decreto Ley Nº 21621, Ley de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, que prevé los supuestos de fusión entre Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada del mismo titular y la fusión entre una empresa individual y una sociedad debido a que esta fusión ocasionaría la extinción de la empresa individual y la Sociedad Anónima, en este caso ExportoPeru S.A, estaría asumiendo el integro del patrimonio de la empresa Armando Telas Comercializadora de Telas E.I.R.L.
Finalmente nos preguntamos, ¿Es posible que una S.A sea absorbida por una E.I.R.L.?
En un primer punto,  le mencionaremos que, en una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, la ley señala que solo puede haber una persona natural que sea la titular de la empresa, es decir, no se permite que exista una persona jurídica como titular de una E.I.R.L o exista una pluralidad de socios.
En respuesta central a la pregunta, respondemos que seria imposible que una E.I.R.L. absorba a una Sociedad Anónima  por el simple hecho que al hablar de una pluralidad de socios, se estaría contradiciendo con el concepto de una E.I.R.L que implica la singularidad de la empresa individual.

En conclusión, solo resulta posible que una Sociedad absorba a una empresa individual.

1 comentario:

  1. Buenas tardes, este tipo de reorganización en donde una sociedad absorbe a una EIRL es reconocida por la administración tributaria?
    Gracias.

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