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martes, 7 de mayo de 2013

Sabías que ...



Reglas de buen gobierno

Los Gobiernos Regionales que conforman una Mancomunidad Regional difunden en su correspondiente portal electrónico los acuerdos  adoptados, el Estatuto y el detalle de los servicios, obras o proyectos que son objeto de la Mancomunidad Regional. Cada Gobierno Regional asegura la difusión de la conformación y avances de las actividades de la Mancomunidad Regional.

Los Presidentes Regionales que conforman una o varias Mancomunidades Regionales están obligados a rendir cuenta anualmente a sus respectivos Consejos Regionales y Consejos de Coordinación Regional, sobre todo lo relacionado  con los proyectos, recursos utilizados y recursos comprometidos en la Mancomunidad Regional o Mancomunidades Regionales que integran. La rendición de cuentas se efectúa en audiencia pública durante los primeros quince días de enero de cada año.

Los objetivos propuestos por la Mancomunidad Regional consideran los planes de desarrollo concertado de los Gobiernos Regionales involucrados dentro de los planes y políticas nacionales. 

Fragmento extraído del comentario al artículo 190 de la Constitución Política del Perú. Johnny Zas Friz Burga. La Constitución Comentada Tomo III. Gaceta Jurídica.       

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