Translate

lunes, 20 de mayo de 2013

Sabías que...



¿Qué garantías ofrece el principio de reserva de ley?

El principio de reserva de ley, además de cumplir una función de garantía individual, al fijar un límite a las posibles intromisiones arbitrarias del Estado en los espacios de libertad de los ciudadanos, cumple también una función plural, toda vez que garantiza la democracia en los procedimientos de imposición y reparto de la carga tributaria, ya que su establecimiento corresponde a un órgano plural donde se encuentran representados todos los sectores de la sociedad: el Parlamento, en el caso del gobierno nacional, y el concejo municipal, en el caso de los gobiernos locales. De acuerdo con este principio, la reserva de ley no solo alcanza a la creación en sí del tributo, sino también, necesariamente, a cada uno de sus elementos configuradores, como son el hecho imponible, la base imponible y el tipo de gravamen, la determinación del contribuyente, además de las infracciones y sanciones, etc. (STC Exp. N° 0918-2002-AA/TC, f.j.5).
Extraído de TC Gaceta Procesal Constitucional.  

No hay comentarios:

Publicar un comentario