¿El contrato de
concesión otorga derecho de propiedad al concesionario?
La concesión administrativa, por
tanto, la concesión minera, tienen su origen en una facultad discrecional de la
Administración que se exterioriza mediante un acto de autoridad, por el cual se
decide transferir unilateralmente a los particulares que cumplan las
condiciones legales y reglamentarias de la concesión, determinadas por el
Estado, sobre una actividad económica que tiene un carácter predominantemente
público. Este derecho al desarrollo de actividades, tales como la exploración o
explotación minera, no implica la adquisición del derecho de propiedad sobre el
predio concesionado (STC Exp. N° 04143-2010-PA/TC, f.j.5 ).
Extraído de TC GACETA CONSTITUCIONAL.
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