La Sentencia del Pleno Jurisdiccional
del Tribunal Constitucional de fecha 12 de diciembre de 2012 en el Expediente:
N° 00008-2012-PI/TC, ha entendido que conforme a determinados elementos normativos
y fácticos que operan en el ordenamiento jurídico peruano, los menores de edad
entre 14 años y menos de 18 años, también pueden ser titulares de dicho derecho.
La discusión materia de esta
sentencia, giraba en torno a si se debía despenalizar o no las relaciones
sexuales entre adolescentes.
Se debe entender que la facultad de las personas para
autodeterminarse en el ámbito de su sexualidad es la llamada libertad sexual. Y
presenta dos dimensiones: una
mediante la cual, el Estado o cualquier persona no puede interferir en el libre
desarrollo de la actividad sexual de un ser humano (dimensión negativa), y
otra, entendida como la libertad de decidir la realización del acto sexual,
vale decir, con quién, cómo y en qué momento se puede realizar el acto sexual
(dimensión positiva).
El Código Penal, en su artículo 173°,
inciso 3), protegía la indemnidad sexual de los menores de 14 años y menos de
18 años.
El Fondo de Población de Naciones Unidas (UNFPA), amicus curiae, señala que
la diferencia entre indemnidad sexual y libertad sexual radica en que la
libertad sexual está referida a la libertad de disponer de la sexualidad
propia. Ésta comprende una faceta positiva, referida a la capacidad de
disposición, sin más límite que la libertad ajena; y una faceta negativa,
referida a la capacidad de rechazar proposiciones o actos no deseados. Por el
contrario, la indemnidad sexual implica la ausencia de la libertad. En efecto,
la indemnidad sexual está referida a la incapacidad de disponer y ejercer la
libertad sexual, por considerar que la persona no se encuentra en capacidad de
comprender el acto sexual.
Los
derechos sexuales forman parte del derecho al libre desarrollo de la
personalidad, entendido como el derecho de las personas a decidir de manera
libre sobre su sexualidad independientemente de la edad, condición social, raza
y religión.
Los adolescentes también se relacionan en el ámbito
sexual, vale resaltar, que las relaciones amorosas en esta etapa del ser
humano, contribuyen a su desarrollo
psicológico.
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