Translate

lunes, 11 de marzo de 2013

La forma de aplicación del principio de proporcionalidad



El Tribunal Constitucional ha considerado la forma de realizar un análisis de proporcionalidad cuando existe un conflicto entre derechos y bienes constitucionales.

Ha indicado que  “los subprincipios de idoneidad, necesidad y proporcionalidad en  sentido  estricto o ponderación han de aplicarse sucesivamente. Primero, se ha de examinar la idoneidad de la intervención; si la intervención en la igualdad – el trato diferenciado – no es idónea, entonces, será inconstitucional.   

Por el contrario, si el trato diferenciado – la intervención- fuera idóneo, se procederá examinarla bajo el subprincipio de necesidad. Si aun en este caso, [el trato diferenciado superara este examen], corresponderá  someterlo a examen bajo el principio de proporcionalidad en sentido estricto o ponderación”.

                   Articulo basado en TC Gaceta Jurídica Procesal Constitucional.

No hay comentarios:

Publicar un comentario