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viernes, 8 de marzo de 2013

LA ONP Y LA PRESENTACIÓN DE PRUEBAS



Debido a que se ha vulnerado el debido proceso y el derecho a recibir una pensión de jubilación que le corresponde de acuerdo a la Ley Laboral,  el demandante fundamenta su fallo señalando, que existe una falta de motivación de los actos administrativos al no presentar pruebas contundentes que determinen que los documentos presentados por el demandante sean falsificados. La ONP, menciona, que existe un informe  Grafotécnico cuyo resultado fue que se habían encontrado evidencias de irregularidad en los documentos presentados por el  recurrente, por lo cual decidió establecer la suspensión de la Resolución sobre la pensión de jubilación del accionante. 

Por tales hechos el Tribunal Constitucional  ordena el pago de los intereses legales de acuerdo al artículo 1246 del Código Civil como el pago de costos del proceso de acuerdo con el  artículo 56 del  Código Procesal Constitucional y restablecer a su estado anterior  la vulneración del derecho a la pensión.

                                                                                               Articulo basado en Gaceta Constitucional.

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