Nuestra Constitución
Política garantiza el respeto a los derechos fundamentales de la persona,
incluso si ésta se encuentra inmersa en una investigación. Ejemplo de esto, se
da cuando el fiscal a fin de continuar con la investigación preliminar, debe
contar con los elementos de convicción necesarios y así sustentar la
persecución del delito.
James Reátegui define a la
imputación en el Derecho Procesal Penal como “el acto mediante el cual se le
asigna formalmente a una persona la comisión de un hecho punible”.
Y es a través del derecho de
defensa, que el investigado ofrece una respuesta frente a los cargos que se le
imputa. Por este motivo, la imputación debe ser clara, precisa y concreta.
En el caso de coautoría
aditiva, luego de haberse acreditado todos los elementos de tipo, basta señalar
que el investigado participó en el hecho ilícito, no vulnerándose de esta
forma, ni el derecho de defensa ni el principio de imputación necesaria.
Artículo basado en Actualidad
Jurídica de Gaceta Jurídica.
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