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miércoles, 17 de abril de 2013

COMPONENTES DE UN ESTABLECIMIENTO ADECUADO



a) Área de la celda.- Es el espacio un bien limitado en una prisión. Pese a ello, el área de una celda individual o grupal, debe permitir al privado de libertad el desarrollo de sus actividades básicas. No se trata solo de espacio para dormir, sino de contar con servicios higiénicos, zona para conservar objetos personales, e incluso para ser utilizado  como área de alguna actividad laboral compatible con el uso de dormitorio. No se puede ignorar que en nuestro país-como ocurre en casi todos los penales de Centro y Sudamérica- miles  de internos no solo viven en sus celdas, sino además trabajan en ella, y lo utilizan como depósitos de materia prima y de productos elaborados.
b) Luz natural.- Los ambientes de una prisión, como las celdas, pasadizos, aulas y talleres, deben ser diseñados de manera que permitan un ingreso generoso de luz natural, no solo por razones de salud, sino porque permitirá el desarrollo de múltiples actividades (trabajo, estudio, lectura o actividades de distención), y el control de las mismas.
c) Servicios higiénicos.- Las celdas y pabellones deben tener en su interior servicios higiénicos no expuestos, pues ello permitirá preservar la intimidad de quien la use. No se trata solo de comodidad, sino del cuidado de la salud de los internos, pues  cuando una celda no tiene este servicio, los internos se ven obligados a realizar sus necesidades en recipientes, que constituyen elementos contaminantes.
d) Luz artificial.- Atrás ha quedado la vieja concepción de no poner energía eléctrica en las celdas, por temor a que se utilice para atentar la vida o la seguridad del establecimiento. Los nuevos penales incluyen luz artificial en las celdas y pasadizos, pues con ello se permite no solo realizar actividades de trabajo, educación o de distención, sino porque así se puede verificar las actividades que los internos desarrollan en su interior. Es también entonces, un elemento de seguridad.
e) Ventilación.- Las celdas (también los pabellones, aulas y talleres) deben estar adecuadamente ventiladas, y tener preferentemente mecanismos de ventilación “cruzada”, de manera que se pueda producir un intercambio constante  del aire. Sabido es que las tasas de prevalencia de TBC en las cárceles son bastantes altas, y que el contagio se produce por la elevada concentración de internos en ambientes reducidos y de  escasa circulación de aire. El nivel de ventilación deberá  ponderar también las bajas o altas temperaturas de la zona donde se ubica el penal.
f) Acceso al establecimiento.- La ubicación del recinto penitenciario  está vinculado también con el derecho del interno a ocupar un ambiente adecuado. En mi concepto, los penales pueden estar situados en zonas urbanas o rurales, pero deben ser accesibles a través del transporte público, pues el ingreso  y egreso de internos-y de trabajadores- es una actividad  permanente, así como de sus familiares visitantes, jueces y fiscales.
g) Servicios básicos en la celda.- Las celdas- y por lo tanto los penales-deben contar con servicios de agua potable y desagüe, preferentemente conectados a redes públicas.
h) Áreas de educación.- Resultan vitales para el proceso de resocialización, especialmente para el segmento de internos que está integrado por jóvenes, quienes pueden concluir sus estudios primarios y secundarios, así realizar estudios técnicos dentro del penal. Un área de educación para ser adecuada, no solo debe tener la infraestructura necesaria, sino estar dotado de material pedagógico y docente.
i)  Áreas de trabajo.- La actividad laboral constituye el elemento esencial del tratamiento penitenciario, por lo que, la existencia de áreas que permita tal actividad en perspectiva de ocupación o de generación de recursos es vital.
j) Nivel razonable de ocupación.- La sobrepoblación es un elemento que satura los servicios básicos, genera hacinamiento y promiscuidad, y acentúa los conflictos. Por ello, un establecimiento adecuado debe mantener niveles razonables de ocupación. De los 66 establecimientos penitenciarios que existen en la actualidad, 25 se encuentran en mal estado, 29 en situación regular y 12 en buen estado de uso. Ello debido al constante incremento de la población penal como efecto de una política criminal que incide constantemente  en el mayor uso de la cárcel, la mayor incidencia delictual y la falta de un mantenimiento adecuado de la infraestructura penitenciaria.
k) Niveles reducidos de  violencia  interna.- La violencia  interna es consustancial a  todo establecimiento penal, y se expresa en el proceso de sometimiento que las organizaciones clandestinas de internos imponen a la mayoría  de privados de libertad, especialmente  a los más vulnerables. Es sin duda, el factor  que más despersonaliza en la prisión, porque los internos no la pueden evadir, y por ello casi inevitablemente, deben sufrir sus consecuencias. Por ello, un establecimiento adecuado debe suponer niveles reducidos de violencia interna, y ello se logra, con el efectivo control de espacios y de actividades del interior del penal.
l) Reducidos niveles de prisionización.- Se trata del proceso de aprendizaje e  internalización de la subcultura delictiva, al cual es sometido un interno directa e  indirectamente, al ser obligado a convivir con reclusos que han asumido el delito como medio de vida. La convivencia bajo reglas del mundo delictivo, - que son opuestas e incompatibles con los valores de una vida honesta en libertad- y que son asumidos por el interno  de manera  progresiva por el dominio de la fuerza, por instinto de supervivencia o por su voluntad, se expresará en el hecho material de ir asumiendo progresivamente la subcultura carcelaria. Ciertamente, un ambiente adecuado  para el interno, debería tener reducidos niveles de prisionización.                               

Fragmento extraído de La Constitución Comentada Tomo III. Comentario al Art. 139- Derechos de reclusos y sentenciados. Wilfredo Pedraza Sierra.

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