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lunes, 1 de abril de 2013

EL TIP DEL DIA.



EL DESPIDO INJUSTIFICADO

¨Un despido será justificado o injustificado en tanto la voluntad extintiva de la relación laboral manifestada por el empleador se lleve a cabo con expresión de causa o sin ella, es decir, cuando se indican (o no) los hechos que motivan y justifican la extinción de la relación laboral. Entonces, el despido será legitimo solo cuando la decisión n el procedimiento de despido, en el cual se deben respetar las garantías mínimas que brinda el derecho fundamental al debido proceso (cfr. N° 04229 -2005-PA/TC).¨

STC Exp. N 00263-2012-PA/TC, f. j.3.3.4
Publicada en la página web del TC el 02/01/2013.
Articulo basado en Gaceta Procesal Constitucional de Gaceta Jurídica.

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