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miércoles, 3 de abril de 2013

TIPS DEL DIA

Personas naturales y jurídicas están compelidas a colaborar con la seguridad de la nación y la defensa nacional.


¨De acuerdo a lo prescrito en el artículo 163 de la Norma Suprema, es deber del Estado garantizar la seguridad de la nación y la defensa nacional, de modo integral y permanente, en sus ámbitos interno y externo. En el ámbito interno, que es el que nos ocupa, resulta primordial la tutela de la defensa nacional, que es interés general, a la que toda persona, natural o jurídica, está obligada a colaborar por mandato expreso contenido en el numeral acotado, más aun si el país ha atravesado dramáticas épocas de violencia terrorista, como hoy de inseguridad ciudadana.¨

STC Exp.N° 00774-2005-PHC/TC,f.j.9
Publicada en la página web del TC el 16/03/2004.
Articulo basado en Gaceta Constitucional de Gaceta Jurídica.

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