¨El recurrente aduce que en el
contexto de la tramitación del proceso de ejecución de acta de conciliación extrajudicial
(Exp. N° 488-2008),se le ha vulnerado sus derechos al debido proceso y a la
defensa, toda vez que sin una adecuada motivación se le impidió participar en
dicho proceso judicial, alegándose un mal planteamiento de la demanda, cuando
el solo había promovido un pedido de incorporación al proceso, situación que le
impidió hacer valer sus derechos sobre el inmueble ¨San Juan¨ que venía
poseyendo legítimamente hace más de 26 años; todo lo cual revela que la demanda
contiene asuntos de relevancia constitucional relacionados con eventuales
vulneraciones del derecho a la debida motivación de las resoluciones judiciales
por haberse canalizado un pedido de incorporación al proceso como si fuera una
demanda.¨
RTC Exp. N° 04881-2011-PA/TC,f.j.4
Publicada en la página web del TC el 15/08/2012.
Artículo basado en Gaceta Constitucional de
Gaceta Jurídica.
No hay comentarios:
Publicar un comentario