La persona humana como fin supremo
de la sociedad y del Estado, constituye la razón de ser del Derecho, que busca
en todo momento garantizar la libertad del ser humano, para que pueda
desarrollar a plenitud su proyecto de vida.
La persona humana definida como una unidad
compuesta de un soma y una psique, posee una capacidad de vivenciar valores, lo
que lo convierte en un ser “espiritual”.
La defensa de la persona humana
debe ser preventiva, unitaria e integral.
Carlos Fernández Sessarego señala
respecto a la dignidad lo siguiente: [La
“dignidad” es una calidad inherente a la persona, en cuanto esta es simultáneamente
libre e idéntica a sí misma. La libertad y la identidad sustentan la dignidad
del ser humano. El ser humano posee dignidad
porque, siendo libre, es un ser espiritual, y además, por el hecho de
que, a pesar de que todos los seres humanos son iguales, no hay dos idénticos. Es
esta dignidad inherente a su ser el sustento de los derechos fundamentales de
la persona humana.]
En conclusión, todos nosotros estamos llamados a respetar
los derechos fundamentales de los demás.
Artículo basado en “La Constitución Comentada” Tomo I.
No hay comentarios:
Publicar un comentario